CONDICIONES GENERALES “CLUB DE ESQUÍ SHERPA”
1 de Noviembre de 2.007
1. Legislación aplicable y aceptación de las Condiciones del Contrato
Este programa ha sido realizado por TURINTIA GRUPO DE VIAJES, S.A.-SKIPASS, con título licencia C.I.C.M.A. 1097 y con C.I.F: A-81633943, quien conforme previene la Ley 21/95 de Viajes Combinados, y demás disposiciones aplicables, hace constar expresamente en el mismo toda la información prevista y exigida legalmente.
Dicho contrato, de obligado cumplimiento para ambas partes en los términos previstos en el mismo, es instituido por las cláusulas contenidas en las Condiciones Generales publicadas en este folleto, que contemplan y desarrollan la legislación específica aplicable sin contravenirla. Es un contrato de viaje combinado puesto que en el mismo se incluyen un conjunto de servicios previamente programados y ofertados por un precio global, o proyectados a solicitud del cliente también por un precio global. Se considera perfeccionado, en virtud del Art. 1.258 C.C. en el momento en que la agencia entregue los bonos y/o billetes aéreos correspondientes a los servicios comprendidos en el viaje, que constituyen la formalización documental del mismo.
El hecho de adquirir o tomar parte en cualquiera de los viajes publicados en el presente folleto origina la expresa aceptación por parte del consumidor de todas y cada una de las condiciones generales, que se consideren automáticamente incorporadas al contrato, sin que sea preciso su transcripción escrita individualizada en el mismo.
Las partes contratantes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales de Madrid para resolver las diferencias o reclamaciones.
2. Inscripciones, reembolsos y revisión de precios.
En el acto de inscribirse en un programa-oferta, al cliente se le exige un depósito del 40%, del importe total previsto, no considerándose en firme reserva alguna sin que se haya cumplimentado el mismo. El restante 60% deberá abonarse al menos 7 días hábiles anteriores a la fecha de salida, considerándose en caso contrario la reserva de la plaza como nula y siendo de aplicación lo estipulado en el punto 10, “Anulaciones y Cesiones”. Cabe el supuesto de que el proveedor exija al organizador pago anticipado, en tal caso, el detallista está facultado (Art. 17-2) a exigir expresamente que se le abone el precio total.
REEMBOLSOS: Se advierte a los señores usuarios (Art. 20) que los precios han sido calculados de acuerdo con los conceptos en vigor a la fecha de 1 de Noviembre del 2.007 (fecha de confección del folleto) y que son:
A) Tipo de cambio vigente en esa fecha.
B) Coste de carburante y su repercusión en el transporte.
C) Que el organizador condicione expresamente la viabilidad de cada programa a contar con un mínimo de participantes.
El decreto prevé en estos casos la REVISIÓN de los precios si se produce una valoración en los mismos. Estas variaciones serán imputadas automáticamente al consumidor salvo que represente un incremento superior al 15% del precio global o bien se produzcan y se comuniquen con 20 días de antelación a la fecha de salida.
Si los traslados se errasen (no siempre por fallos atribuidos al transferista), el organizador reembolsará únicamente el importe del transporte alternativo utilizado por el cliente, previa presentación del recibo o factura correspondiente.
3. Nuestros precios incluyen.
Únicamente los servicios comprendidos en el viaje que son ofrecidos por la agencia organizadora. El consumidor en caso de duda habrá de consultar con la misma antes del inicio del viaje a fin de evitar posteriores reclamaciones. Como norma general, ha de seguirse un criterio de literalidad, que conduce a la conclusión de que lo que no esté específicamente detallado no está incluido en el precio del viaje.
4. Nuestros precios no incluyen
Visados, tasas de aeropuerto, vacunas, extras, servicios de hoteles especiales y en general cualquier servicio no expresamente indicado. En el caso del régimen de alojamiento y desayuno, éste, normalmente, es el continental.
5. Hoteles y apartamentos
El horario adecuado para entrar en los hoteles está en función del primer y último servicio que los clientes hayan solicitado. Las habitaciones por lo general estarán disponibles en los hoteles a partir de las 17 h. del día de llegada y libres antes de las 10 h. del día de salida. Los apartamentos podrán ser ocupados entre las 17 h. y las 19:30 h. para la entrada y hasta las 10 h. el día de salida.
En caso de que el día de la salida sea día de esquí, Turintia Grupo de Viajes, S.A. , si le es posible, le proporcionará un sitio donde dejar el equipaje y cambiarse de ropa.
En caso de que la inmobiliaria permita la salida más tarde o la llegada más pronto, se informará a los clientes de la hora máxima en la que podrán abandonar el apartamento o la hora en que podrán entrar.
En caso de que la entrada en los apartamentos sea por la noche, el apartamento habrá sido contratado desde las 18 h. de ese día, o del día anterior en caso de entradas de madrugada (después de las 24 h.)
En caso de desperfectos en los estudios/apartamentos, o falta de utensilios ha de ser avisado a la inmobiliaria máximo a las 17 h. del día siguiente al comienzo del contrato del estudio/apartamento.
En los estudios/apartamentos es posible la existencia de camas dobles (120/135 cms., una o todas) que se contabilizarán como alojamiento para 2 pax., en cada una de ellas. Es necesario entregar una fianza en metálico a la entrega de las llaves del estudio/apartamento, que será de 120 a 300 € aproximadamente y en metálico.
El abandono del estudio/apartamento a una hora distinta a la fijada en el contrato local es motivo de pérdida de la fianza entregada a la entrada en el mismo.
6. Autobuses
HORARIOS: Los consumidores están obligados a personarse en el lugar de salida del autobús 30 minutos antes de la hora indicada de salida. La agencia organizadora no está obligada a esperar a ningún cliente/consumidor, que no esté en el autobús a la hora de salida. El autobús efectuará su salida una vez esté colocado en el maletero el equipaje de todos los pasajeros presentes, pudiendo provocar, la colocación del equipaje diversos retrasos.
Si en el transcurso del viaje, el autobús sufre algún tipo de avería insolucionable, enfermedad del conductor, etc. la agencia organizadora deberá posicionar en el lugar otro autobús a modo de transporte alternativo u otro conductor, en el menor tiempo posible, atendiendo al consumidor que este tiempo dependerá del lugar y hora de la avería o enfermedad.
Si por cualquiera que sea la causa meteorológica (lluvias, nieve, viento, hundimientos, movimientos de tierra, etc.) el autobús no pudiese atravesar cualquier tramo de la carretera, no pudiendo llegar a su lugar de destino, la agencia organizadora no se hace responsable del alojamiento y manutención de los pasajeros/consumidores, durante el tiempo que transcurra hasta el reinicio del viaje.
Una vez llegado al punto de destino el autobús se detendrá en el lugar más cercano a los alojamientos que permitan las autoridades del lugar, siempre y cuando sea posible el acceso. No haciéndose cargo la agencia organizadora del transporte de personas y equipajes desde el lugar de llegada del autobús hasta los alojamientos (que en muchas ocasiones puede estar entre 800 y 1.500 metros).
7. Equipaje
El equipaje y demás enseres personales de viaje no son objeto del contrato de viaje entendiéndose a todos los efectos que aquel los conserva consigo en cualquiera que sea la parte del vehículo en que vayan alojados y que se transporta por el propio viajero y por su total cuenta y riesgo, sin que la agencia organizadora venga obligada a responder contractualmente de la pérdida, manipulación, robo o daños que los mismos pudieran sufrir durante el viaje por cualquier causa. En cuanto al transporte aéreo, marítimo o fluvial de los equipajes, son de aplicación y a ellas nos remitimos, las condiciones de las compañías transportadoras, siendo el billete del pasajero el único contrato vinculante entre las citadas compañías transportadoras y/o el pasajero. Les recomendamos estén presentes en la manipulación de sus equipajes, y efectúen las reclamaciones oportunas ante las compañías transportistas en el momento de observar alguna anomalía.
En los viajes en bus sólo se permitirá un par de esquís o tabla de snowboard + una maleta por persona (no sustituibles por otro bulto si uno de ellos no se lleva). Las bolsas de botas se considerarán como equipaje de mano.
8. Documentación
Todos los viajeros sin excepción deberán llevar su documentación en regla, sea pasaporte o DNI (niños incluidos) siendo de su total responsabilidad los problemas o inconvenientes que pudiesen surgir por incumplimiento de las normas.
Nota importante: Los menores de 18 años deben llevar un permiso escrito y firmado por sus padres o tutores, ya que la policía aduanera puede exigírselo en el embarque.
9. Anulaciones y cesión
En todo momento el consumidor puede desistir de los servicios solicitados o contratados, teniendo derecho a devolución de las cantidades abonadas (depósito o importe total), pero deberá indemnizar a la agencia de viajes en la siguiente forma:
A) En el caso de servicios sueltos: La totalidad de los gastos de gestión, más los gastos de anulación que se hubiesen producido.
B) En el caso de viajes combinados no relacionados con el esquí: El consumidor tendrá que abonar los gastos reales de anulación en que incurriese de acuerdo con el prejuicio económico real que produjera en el organizador o resto de los integrantes del grupo.
Además de estos gastos de anulación, una penalización consistente en el 5% del total del viaje si el desestimiento se produce con más de diez y menos de quince días de antelación a la fecha de comienzo del viaje, el 15% entre 3 y 10 días y el 25% dentro de las 48 horas anteriores a la salida. De no presentarse a la hora prevista para la salida, no tendrá derecho a devolución alguna.
C) Debido a las rigurosas y especiales condiciones de anulación marcadas por los establecimientos de las estaciones de esquí, así como las condiciones de contratación del transporte (vuelos charter y autocares), los gastos de anulación, incluida la falta de nieve, serán las siguientes:
- Si el desestimiento se produce con más de 30 días de antelación a la fecha de salida, el 5% del importe total del viaje.
- Si éste se produce entre 30 y 20 días de antelación, el 25% del importe total del viaje.
- Si se produce entre 20 y 10 días de antelación, el 50% del importe total del viaje.
- Si se produce entre 10 y 7 días de antelación, el 75% del importe total del viaje.
- Si se produce con menos de 7 días de antelación, el 100% del importe total del viaje.
- A estos porcentajes habrá que sumarle los gastos de gestión que habitualmente ascenderán al 5% del total del viaje con un mínimo de 30 euros por persona (incluyendo la falta de nieve y el cierre de la estación).
- Bus: La plaza de autobús se considera reservada en firme en el momento de su confirmación, la anulación por parte del cliente, supondrá unos gastos del 100% del importe correspondiente de la misma, sea cual sea la fecha de anulación, al ser autobuses fletados en su totalidad por el organizador. Salida buses: mínimo 30 pax.
- Vuelos chárter. La contratación de paquetes especiales con vuelos chárter conlleva unos gastos de anulación con respecto a dichos vuelos de 240 euros, una vez realizada la reserva, sea cual sea la fecha de anulación.
Así mismo, los viajes realizados con tarifas aéreas especiales suponen unos gastos de anulación del 100% del importe de los billetes una vez emitidos.
Nota: Los recargos del epígrafe C son acumulativos al epígrafe A o B según corresponda.
Cuando la agencia de viajes cancele el viaje antes de la fecha de salida acordada o cuando el organizador se vea obligado a anularlo por modificaciones esenciales que conformen el contrato de viaje combinado, por razones diferentes a la fuerza mayor, el consumidor tendrá derecho a una de las siguientes alternativas:
A) Otro viaje combinado de calidad equivalente o superior al contratado, y si el viaje ofrecido es de inferior calidad se reembolsará la diferencia de precio al consumidor.
B) Al reembolso por parte del detallista en el plazo máximo de un mes, de todas las cantidades pagadas y a una indemnización si procediese que le pagara el organizador a menos que:
1) La cancelación sea por causa de que el número de personas inscritas al viaje sea inferior al número mínimo de participantes exigido y se les informe con más de 7 días.
2) La cancelación sea por motivos de fuerza mayor y causa suficiente, circunstancias ajenas a quien las invoca anormales e imprevisibles; estos motivos pueden sobrevenir en cualquier momento antes de la salida.
CESIONES: El titular del viaje combinado podrá ceder su reserva a una tercera persona comunicándolo con 15 días de antelación a la salida del viaje. Se le exigen los mismos requisitos que al cesionista. Y ambos responden solidariamente del pago y gastos de cesión si los hubiese.
Cuando haya obstáculos insalvables tales como prohibición por parte de la compañía de cambios de nombre, visados, etc., organizador y detallista podrán oponerse a la cesión, incurriendo el cliente en los correspondientes gastos de anulación.
10. Alteraciones
En caso de que después de la salida el organizador observase que no se puede suministrar una parte importante de los servicios incluidos en el viaje, adoptará las soluciones adecuadas para la continuación del viaje, sin suplemento de precio al consumidor y en caso negativo le reembolsará el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y suministradas.
11. Responsabilidad
La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista, responderán en proporción a las obligaciones que les correspondan por su ámbito de gestión del Viaje Combinado, de la buena ejecución de las obligaciones derivadas del Contrato con el Consumidor, con independencia de que las susodichas obligaciones deben ser ejecutadas por ellas u otros prestadores o proveedores de servicios, sin perjuicio del derecho de la Agencia Organizadora de emprender acciones contra los mismos y siempre dentro de los límites establecidos en estas Condiciones Generales y en su legislación aplicable.
En cuanto al límite del resarcimiento por daños corporales que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el Viaje Combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, la indemnización nunca podrá ser superior al precio total del viaje inicialmente contratado. En ningún caso la Agencia se responsabilizará de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen a consecuencia de los retrasos en salidas o regresos de medios de transporte por causas meteorológicas, técnicas, huelgas y otras de fuerza mayor.
Cuando el viaje se efectúe en autocares, en caso de accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el consumidor se somete expresamente a la legislación en materia de accidentes por carretera de la nación en la que se halle matriculado el vehículo, pudiendo acogerse en cuanto a daños personales, al seguro del mismo y sus eventuales indemnizaciones.
En contacto con aviones, trenes o barcos y aeropuertos, el ticket de pasaje constituye el único contrato jurídicamente vinculante entre al compañía aérea, marítima o de ferrocarriles y el comprador de estos viajes y/o el pasajero.
El contrato de pasaje constituye el único elemento que une a la Compañía transportista y al comprador o pasajero.
12. Reclamaciones
Cuando el Consumidor aprecie “in situ” no ejecución o mala ejecución de los servicios contratados integrantes del viaje, deberá notificarlo inmediatamente al prestador de los mismos a poder ser por escrito y pidiendo firma de acuse, y en el plazo de 48 horas hábiles a la Agencia Organizadora, a fin de que ésta tome las medidas pertinentes. La no realización de ésta comunicación necesaria supondrá que sea el consumidor quien deba probar tal incumplimiento ante el Organizador o la Dirección General de Turismo y/o Tribunal Competente, puesto que fuera de ese plazo al Organizador le sería imposible la comprobación de la veracidad de lo alegado así como el logro de una solución satisfactoria para todas las partes implicadas. En el caso de que el Consumidor considere que las soluciones arbitradas por la Agencia Organizadora no hayan sido satisfactorias o en cualquier otro caso, podrá interponer reclamación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de regreso del viaje ante la citada Agencia Organizadora, que será siempre presentada a través de la Agencia Detallista que vendió el viaje adjuntando en su caso testimonio de la denuncia “ in situ” antes puntualizado y copia del contrato del Viaje Combinado. No será presentada a trámite cualquier reclamación que no se presente a través de la Agencia vendedora del viaje, o que se presente después del plazo indicado de 30 días, a contar desde la fecha de finalización del mismo. No obstante la interposición de cualquier reclamación derivada del Contrato de Viaje Combinado no exime del pago previo del viaje en ningún caso.
13. Seguro de asistencia
Se comunica a los srs. Usuarios, con independencia de que puedan ser informados con mas detalle por la agencia detallista, de la posibilidad de suscripción facultativa de un seguro de asistencia + gastos de anulación. Skipass considera muy conveniente que todos sus clientes viajen siempre amparados por un seguro de asistencia en viaje. Por ello se recomienda la contratación del seguro “ski plus” elaborado especialmente para nuestros clientes con intermundial.
14. El consumidor
El consumidor declara conocer perfectamente las condiciones particulares y las condiciones generales, según la referencia anterior y estar de acuerdo con todas ellas. El contratante ha sido advertido adecuadamente de los riesgos de este viaje en cumplimiento en lo dispuesto en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
El consumidor exime de cualquier responsabilidad a la Agencia Organizadora en caso de cualquier accidente producido en el transporte, alojamiento, práctica de esquí, etc. siendo las empresas prestadoras de los servicios finales como empresas de autobuses, inmobiliarias, hoteles, estaciones de esquí, etc. los responsables de las deficiencias producidas si las hubiera.